Beneficios y requisitos de las PYMES
Cuando hablamos de esta sigla hacemos referencia a la modalidad de negocios que se agrupa o clasifica jurídica y económicamente como pequeños y medianos empresarios. Hablamos entonces de una denominación que designa a todos aquellos modelos de negocio que cumplen con las especificaciones de la ley 590 del 2000 como regla y que define este tipo de modelo de negocios. Debemos antes de ver los requisitos más importantes y algunos beneficios que tienen los micro, pequeños y medianos empresarios en el país, definir cuáles son las micro, pequeñas y medianas empresas.
Con base en el artículo segundo de la ley 590 del 2000, articulado que aún hoy sigue vigente, primero por micro empresa la ley se refiere a aquellos negocios cuya planta de personal no supera los 10 trabajadores y que tiene activos totales por un valor inferior de 501 salarios mínimos mensuales legales. Segundo, pequeña empresa es aquella que ocupa entre 11 a 50 trabajadores y sus activos son entre 501 y 5001 salarios mínimos legales vigentes. Finalmente por mediana empresa hacemos referencia a una planta de personal entre 51 y 200 trabajadores o que sus activos totales radiquen entre un valor de 5001 y 15000 salarios mínimos mensuales vigentes.
Actualmente el gobierno apoya la iniciativa privada y el emprendimiento joven en el país, pues este representa un porcentaje importante del Producto Interno Bruto llegando alrededor de un 40%. Este es un porcentaje alto, pues constituye el 35% de la producción del país y un 65% del empleo en Colombia.
Es por medio del Decreto Único Reglamentario 3022 de 2013 , que las PYMES están obligadas a seguir una serie de lineamientos contables y jurídicos para desarrollar su actividad comercial con total tranquilidad.
El Gobierno Nacional dispuso, a través de alianzas público-privadas, un ramo de fondos e instituciones para la asesoría y financiamiento de los negocios de los emprendedores. Algunas de estas instituciones que pueden ayudar son: FOMIPYME (Fondo para el desarrollo y modernización de PYMES), el programa de ACOPI y FINDITER para incentivar las inversiones en el mediano y pequeño empresario, FONADE para promover el desarrollo integral de las pequeñas y medianas empresas y el empleo regional y por último cuentan con líneas de crédito especiales que ofrece la banca privada.
Junto a estas ayudas, las PYMES en la medida en que se formalicen, es decir constituyan su sociedad comercial mediante la inscripción de la escritura pública o del documento privado en la Cámara de Comercio del lugar de constitución o domicilio de la sociedad, atraerán otros beneficios. Es la ley 1429 de 2010, por medio de la cual se regula la forma de apoyar técnica y financieramente a los pequeños y medianos empresarios, la que les otorga beneficios en cuestión de impuestos .
Por ejemplo, un importante beneficio es el de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta, reglamentado en el artículo 4 de esta misma ley, que dice:
Las PYMES gozarán durante los dos primeros años de funcionamiento gratuidad total sobre este tributo; a partir del tercer año de actividades el cobro será el 25% de la tarifa (34%) general del impuesto de renta, aplicable naturalmente sobre sus rentas; para el cuarto año el pago del impuesto de renta será del 50% de la tarifa general del impuesto de renta ; para el quinto año de operaciones el pago será del 75 % de la tarifa general y es a partir del sexto año que comenzarán a pagar el impuesto de renta por la totalidad de la tarifa general del impuesto, que como se mencionó anteriormente, es del 34% .
Adicionalmente, si su emprendimiento recibe algún tipo de dividendo o participación, proveniente de sociedades comerciales extranjeras o personas naturales no residentes en el país, se cobrará un impuesto del 5% por concepto de dividendos y participaciones, según lo establecido en el artículo 7 de la ley 1819 de 2016.
Es a través de lo establecido por el régimen especial de sociedades comerciales o por medio del régimen tradicional de sociedades comerciales del Código de Comercio que deben constituirse y formalizarse las empresas en el país, teniendo en cuenta el tipo de sociedad comercial que se desea. A ello se deben ceñir las pequeñas y medianas empresas, cumpliendo además sus deberes tributarios y así acceder al conjunto de beneficios diseñados para impulsar la creación de empresas y puestos de trabajo en nuestro país.
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